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Sabemos que detrás de los números y de las letras vivimos personas

Y nuestras empresas, nuestras metas y lugares a los que llegar.

Por eso nuestra máxima es COMPRENDER antes de ser comprendidos.

La ESCUCHA ocupa un papel principal en la resolución de situaciones de la más diversa índole y de los conflictos también. Practicamos la escucha activa entre nosotros, con nuestros clientes y stakeholders (jueces, deudores, acreedores, notarios, partners…)

Vemos así dentro cada proyecto, situación o preocupación su propia OPORTUNIDAD. La alcanzamos dando pasos concretos y seguros, disfrutando del proceso igual que del resultado.

Nos comunicamos abierta y continuamente con los clientes. Compartimos nuestras decisiones y aseguramos así, la TRANSPARENCIA en todos nuestros pasos.

Nos gusta ser abogados y economistas, porque nos gustan las personas. La EMPATÍA no es un concepto para nosotros, si no una acción que se conjuga en presente.

Moviéndonos de la cultura de la defensa y ataque a una nueva cultura del diálogo. La cooperación y el acuerdo entre las partes.

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AREAS DE SERVICIO

Derecho y administración concursal

El Derecho concursal es la rama del Derecho mercantil formada por las normas sutantivas y procesales que tienen por objeto la regulación del concurso de acreedores. Su finalidad es buscar una solución a la situación de insolvencia de un deudor respecto a varios de sus acreedores, para que el primero pueda finalmente cumplir con sus obligaciones.

El concurso de acreedores se trata de un proceso judicial civil cuyo principal objetivo es alcanzar un acuerdo entre el deudor insolvente y sus acreedores. El deudor insolvente se ve imposibilitado para pagar ya que tiene más acreedores que bienes o crédito para satisfacerlos (situación de impotencia patrimonial).

Esta situación de crisis económica o insolvencia se resuelve según la legislación concursal aportando dos tipos de soluciones como conclusión del concurso:

  • Convenio entre el deudor y la mayoría de sus acreedores ordinarios: los créditos del deudor serán satisfechos con las correspondientes quitas y/o esperas.
  • Liquidación del patrimonio del deudor (no confundir con la liquidación de las sociedades mercantiles): consiste en realizar la liquidación ordenada de todo el patrimonio del deudor concursado para la satisfacción igualmente ordenada de sus deudas.

Más información en Wikipedia

Mediación civil, mercantil y concursal

Mediación Civil y Mercantil es una vía de resolución de conflictos alternativa al proceso judicial, que cuenta con la ayuda de una tercera persona imparcial, el mediador, que facilita la resolución por las propias partes.

Las características las aporta la naturaleza misma del procedimiento:

  • La voluntariedad restablece el vínculo de comunicación, confianza, respeto y credibilidad. Las partes se someten deliberadamente al proceso. Los acuerdos que se logran tienen efecto durante más tiempo, puesto que las partes reconocen en él su participación y responsabilidad en la solución adoptada. Por tanto, los resultados se mantienen porque parten de la propia voluntad de las partes.
  • La flexibilidad es una característica que propicia que el propio procedimiento se adapte a cada conflicto, adecuándose de tal manera que fomente su resolución en todos los sentidos: tiempo, espacio y forma.
  • Actualmente la prolongación de los procesos judiciales está llevando al punto de la muerte de algunas pequeñas empresas que no pueden soportar la duración, y se quedan en el camino. Es por ello que se hace necesario un procedimiento rápido en el que las partes conserven el control sobre el final del conflicto y que evite el gran desgaste emotivo.
  • Esta disminución del tiempo empleado, así como el uso de un solo profesional, el mediador, tiene consecuencias inmediatas sobre los costes económicos, que es soportado por las dos partes por igual.
  • Otro aspecto muy importante a tener en cuenta en la mediación es la confidencialidad. La información es poder, y el hecho de que tanto el procedimiento como la documentación aportada sean confidenciales rompe muchos muros impuestos por las propias partes para llegar a la resolución del conflicto.

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